Decisión inoficiosa ante la revocación de la expulsión de una migrante

La cámara confirmó la disposición que declaró irregular la permanencia de la recurrente en el país y y ordenó su expulsión. Posteriormente la Defensoría Pública Oficial informó que la Dirección Nacional de Migraciones revocó la referida resolución en virtud de que había operado la caducidad registral de la condena que pesaba sobre la migrante y la Defensora General de la Nación planteó que se había tornado abstracta la cuestión debatida. Ante la decisión del juzgado de primera instancia que dejó sin efecto la orden de retención la Corte señaló que había perdido actualidad el agravio invocado y que no resultaba por ende necesario pronunciarse en los autos. Recordó que sus sentencias deben ajustarse a las circunstancias existentes al momento de ser dictadas, aunque sean sobrevinientes a la interposición del recurso extraordinario.

Resulta inoficiosa una resolución de la Corte respecto de una disposición de la Dirección Nacional de Migraciones que dispuso la expulsión de un migrante, pues surge de la causa que la citada Dirección dejó sin efecto la disposición impugnada, por lo cual ha perdido actualidad el agravio invocado.

Las sentencias de la Corte deben ajustarse a las circunstancias existentes al momento de ser dictadas, aunque sean sobrevinientes a la interposición del recurso extraordinario.

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Enlace Completo:

https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=8056441&cache=1741311837419