Es arbitrario el rechazo del recurso interpuesto contra la decisión que privó a la actora de la responsabilidad parental respecto de su hija con sustento en que se trataba de un auto que no resolvía el fondo de la cuestión, pues es evidente que aquella decisión importó una clara restricción, sin límite temporal alguno, de los derechos de aquella y que, dada la índole de los derechos involucrados, ella es susceptible de causar perjuicios de imposible, muy difícil o insuficiente reparación ulterior, resultando de una rigurosidad excesiva e incompatible con el adecuado servicio de justicia.
Si bien las cuestiones relativas a la admisibilidad de los recursos locales son privativas de los superiores tribunales de provincia y, en consecuencia, no resultan aptas para habilitar la instancia extraordinaria federal, cabe hacer excepción en los casos en los cuales dicha facultad se ejerce con un injustificado rigor formal, con afectación de la garantía de defensa en juicio y, además, la decisión pone fin al pleito o causa un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior.
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