Es competente la justicia federal de la seguridad social conocer en un planteo por la falta de aportes previsionales, pues la pretensora, ya jubilada, acciona en su condición de ex agente estatal para que se esclarezca centralmente si el incentivo enmarcado en el régimen de colaboración de las leyes 23.283 y 23.412, devengó aportes y contribuciones en los términos de la ley 24.241 y debe computarse a los efectos del cálculo del haber previsional, en tanto dicho fuero posee una específica versación especialmente referida a las cuestiones que conciernen a la aplicación del sistema establecido por la ley citada 24.241 y sus modificatorias.
Para decidir los conflictos de competencia es necesario atender al relato de los hechos contenido en la demanda y después, en tanto se ajuste a ellos, al derecho invocado, e indagar acerca de la naturaleza y el origen de la pretensión y de la relación jurídica existente entre las partes.
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