Aportes previsionales y competencia del fuero de la seguridad social

La actora, ya jubilada, acciona en su condición de ex agente estatal para que se esclarezca centralmente si el incentivo enmarcado en el régimen de colaboración de las leyes 23.283 y 23.412, que habría abonado un ente cooperador durante el curso de la relación laboral, devengó aportes y contribuciones en los términos de la ley 24.241 y debe computarse a los efectos del cálculo del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social y la Cámara Nacional del Trabajo discrepan acerca de su competencia para conocer en el planteo. La Corte dispuso que continúe interviniendo en las actuaciones la justicia federal de primera instancia de la seguridad social. Tuvo en cuenta para ello la específica versación que posee dicho fuero, especialmente referida a las cuestiones que conciernen a la aplicación del sistema establecido por la ley 24.241 y sus modificatorias.

Es competente la justicia federal de la seguridad social conocer en un planteo por la falta de aportes previsionales, pues la pretensora, ya jubilada, acciona en su condición de ex agente estatal para que se esclarezca centralmente si el incentivo enmarcado en el régimen de colaboración de las leyes 23.283 y 23.412, devengó aportes y contribuciones en los términos de la ley 24.241 y debe computarse a los efectos del cálculo del haber previsional, en tanto dicho fuero posee una específica versación especialmente referida a las cuestiones que conciernen a la aplicación del sistema establecido por la ley citada 24.241 y sus modificatorias.

Para decidir los conflictos de competencia es necesario atender al relato de los hechos contenido en la demanda y después, en tanto se ajuste a ellos, al derecho invocado, e indagar acerca de la naturaleza y el origen de la pretensión y de la relación jurídica existente entre las partes.

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Enlace Completo:

https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=8079711&cache=1746394462901