Es arbitraria la sentencia del superior tribunal local que rechazó la acción de amparo por considerar que existía otro proceso judicial en trámite promovido por el Procurador General provincial en el que quedaría comprendida la pretensión de la actora, pues desatiende las evidentes diferencias sustanciales entre la actora, en tanto magistrada sometida a un jurado de enjuiciamiento que defiende sus derechos, y el Procurador General provincial, que actúa en resguardo del interés general, institucional y de la legalidad, dando una respuesta meramente dogmática que carece de todo desarrollo argumentativo racional respecto de las cuestiones reseñadas, y en consecuencia no satisface la garantía constitucional de fundamentación de las sentencias judiciales, correspondiendo su descalificación como acto judicial válido.
Es arbitraria la sentencia del superior tribunal local que rechazó la acción de amparo por considerar que existía otro proceso judicial en trámite promovido por el Procurador General provincial en el que quedaría comprendida la pretensión de la actora, pues cierra toda posibilidad –actual o futura- de que la actora pueda plantear judicialmente la alegada irregularidad en la conformación del órgano acusador, agravio que invoca como una afectación del debido proceso constitucional.
La garantía de defensa en juicio requiere reconocer a los interesados, según la histórica expresión utilizada por la Corte Suprema de los Estados Unidos, el derecho a tener su propio “día en la corte” con el fin de darles la oportunidad de ser oídos y brindarles la ocasión de hacer valer sus defensas ante los jueces naturales.
Si bien las decisiones de índole procesal y de derecho local son, en principio, ajenas a la instancia extraordinaria en virtud del respeto debido a las atribuciones de las provincias de darse sus propias instituciones y regirse por ellas, cabe hacer excepción a dicha regla si la sentencia atenta contra la garantía de defensa en juicio consagrada por el art. 18 de la Constitución Nacional.
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Enlace Completo:
https://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verDocumentoByIdLinksJSP.html?idDocumento=7752311