Es competente la justicia federal para entender en la causa en la que se investiga el incendio en vuelo de una avioneta del que resultó su destrucción en tierra y el fallecimiento de los tres pasajeros y lesiones graves en el piloto, pues más allá del tipo de vuelo de que se trata y el ámbito territorial en el que sucedió el accidente, las observaciones técnico operativas señaladas por el organismo nacional de investigación de accidentes de aviación civil permiten sostener que las condiciones riesgosas de vuelo en las que se originó el incendio determinaron que se frustrara la travesía de navegación programada y que su posterior destrucción en tierra no pudiera ser evitada con el aterrizaje forzoso realizado por el piloto, no pudiendo descartarse que el hecho objeto de contienda hubiese afectado la seguridad de la navegación aérea en los términos de la doctrina de Fallos: 285:116 y 339:1711.
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