Accidente de trabajo y responsabilidad solidaria: necesidad de acreditar las maniobras fraudulentas
La cámara confirmó la condena solidaria a las codemandadas a raíz de un accidente de trabajo y extendió la responsabilidad a otra empresa que había sido eximida de la misma. Sustentó esta decisión en que conformaba un grupo económico en el que se encontraba una de las codemandadas.
La Corte revocó esta decisión.
Sostuvo que para extender la responsabilidad en forma solidaria a las empresas controlantes de un grupo económico se requiere la acreditación de maniobras fraudulentas que tengan por fin perjudicar a terceros, o la conducción temeraria de estas sobre las controladas. Puntualmente, el hecho de pertenecer a un grupo empresario no implica ni hace presumir la comisión de un fraude.
Señaló el Tribunal que las sentencias de las instancias anteriores habían atribuido la comisión de una maniobra fraudulenta a la cooperativa distribuidora que registró al actor como socio con el fin de ocultar la existencia del contrato de trabajo y el carácter dependiente de la relación pero no se había atribuido ninguna maniobra de ese tipo a la recurrente como empresa controladora del holding, ni tampoco a la empresa controlada, dueña de la cinta transportadora que habría provocado el daño.
Recurso Queja Nº 3 - ALBARRACIN MARCELO ALFREDO c/ ARTE GRAFICO EDITORIAL ARGENTINO SA -AGEA SA- Y OTROS s/DESPIDO
Es arbitraria la sentencia que condenó solidariamente a la recurrente, en los términos del art. 30 de la ley de contrato de trabajo, al pago de diversos créditos laborales con sustento en que conforma un grupo económico en el que se encuentra la codemandada, pues no se atribuyó ninguna maniobra fraudulenta a ella como empresa controladora del holding, ni tampoco a la controlada y para extender la responsabilidad en forma solidaria se requiere la acreditación de dichas maniobras que tengan por fin perjudicar a terceros, o la conducción temeraria de esta sobre las controlada; es decir el hecho de pertenecer a un grupo empresario no implica ni hace presumir la comisión de un fraude.
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